Primer paso para el regreso de las importaciones «puerta a puerta»

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BUENOS AIRES (Redacción) – Conforme los datos aportados por el Correo Argentino, desde el principio del nuevo régimen llamado «puerta a puerta” llegaron al país novecientos noventa y ocho mil bultos. De ese total, unos setecientos sesenta y cuatro mil cumplieron con los requisitos de pesar hasta dos kilogramos y servir hasta doscientos dólares americanos. No obstante, solo el cuarenta y uno con seis por ciento de los setecientos sesenta y cuatro mil envíos fueron recibidos por los compradores.

Desde el correo oficial descubrieron que unos doscientos veintiseis mil (un veintinueve con seis por ciento ) se devolvieron a los expedidores «por carencia de cumplimiento de ciertos trámites correspondientes” en los treinta días que se dan de plazo. Al tiempo que otros doscientos veinte mil (un veintiocho con ocho por ciento ) aún aguardan ese cumplimiento, con lo que en algún instante podrían ser devueltos a los países de origen.

El bulto pedido por el comprador llega al país en navío o bien en aeroplano, si bien ese es solo el inicio. El paso inicial para llenar el trámite es aguardar la entrega de un telegrama, que puede generarse en días, semanas o bien hasta meses. Entonces, se debe ingresar a la página de la AFIP con Clave Fiscal para completar una declaración jurada en línea. Recién entonces se puede abonar, asimismo desde la página web, un impuesto del cincuenta por ciento del valor de la adquisición y, en trámite aparte, el cargo de cien pesos para el Correo Argentino. Si todo va bien, entonces, días después el producto va a llegar a la puerta.

Bastante gente adquiere en el exterior y no tiene clave fiscal para hacer la declaración jurada que demanda la Afip por la adquisición que hizo puesto que el organismo calcula el impuesto que debe abonar sobre esa adquiere, ya antes de liberar su entrega. El pago del impuesto a la Afip por la adquisición en el exterior, solo se puede hacer a través del Home Banking y bastante gente no lo tiene, entonces debe solicitar la cuenta a un tercero y la Afip debe habilitarlo a fin de que haga el pago de otra persona. Eso causa demoras y bastante gente acaba renunciando del retiro del bulto.

El régimen actual de importaciones apunta que hay una franquicia de O bien dólares americanos S25 que da el Gobierno argentino por única vez a quien efectúa su primera adquiere en el exterior. Entonces, si le queda un saldo de esos O bien dólares americanos S25 lo puede utilizar en la segunda adquiere mas después, toda vez que adquiera un artículo, debe abonar de impuesto el cincuenta por ciento del valor del artículo.
El servicio “puerta a puerta” es un fracaso
El régimen actual con el gobierno precedente dejaba solo 2 compras por año, mas el presente si no se exceden los O bien dólares americanos S200 y dos kg de peso, son compras ilimitadas. Se puede utilizar ese monto todo el año. El régimen de empleo personal contempla compras hasta O bien dólares americanos S999 y no más de tres artículos de un mismo producto. De esta manera, se puede, hasta cinco veces, comprar en usa desde argentina por año.

Es para compras amazon en el exterior. La resolución de la Segregaría de Comercio se publica el día de hoy en el Folleto Oficial.

El gobierno nacional reinstaló el día de hoy el régimen de courier y de envíos postales, que pone de nuevo en funcionamiento el servicio de entrega a domicilio o bien «puerta por puerta» para las compras en el exterior.

La limitación de esa operatoria se había presto a principios de dos mil catorce para eludir fuga de dólares estadounidenses, y su restitución fue adelantada la semana precedente por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), Alberto Abad.

Nueva resolución

La resolución treinta y dos de la Segregaría de Comercio, que se publica el día de hoy en el Folleto Oficial, rehabilita la adquisición de productos a domicilio, mediante webs de firmas localizadas fuera del país.
Las operaciones hasta el momento debían pasar por la Aduana, donde se generaban «colas viles» para retirar los productos, conforme definió Abad.

El funcionario describió que «quien adquiere un libro para quien estudia o bien que desea leer un buen libro debe pasarse 2 horas ahí cerca del puerto, en la Aduana, a fin de que se lo den, una cosa kafkiana».

La medida excluye a esas importaciones de lo preparado por la resolución 5/15 del Ministerio de Producción, y también incorpora ciertas mercancías al régimen de Licencias No Automáticas de importación, corrige inconsistencias y facilita el monitoreo con carácter anterior al libramiento de los recursos a plaza.
Hasta el momento, aparte de la obligación de retirar la confía en la Aduana, se debía presentar una declaración jurada de antemano al retiro o bien recepción de la mercancía, para lo que se debía tener CUIT, CUIL o bien CDI y clave fiscal con nivel de seguridad dos, por lo menos.
La reglamentación de la Afip aún actual establece que los artículos que cuestan menos de veinticinco dólares estadounidenses no pagan ningún tributo; por sumas de entre veinticinco y novecientos noventa y nueve dólares americanos debe pagarse el cincuenta por ciento de su valor en término de derechos a la importación, y si se supera la última suma se aplica el Régimen General de Importación.
Por otro lado, la resolución de Comercio que firma el secretario Miguel Braun extiende hasta ciento ochenta días la valía de las licencias de importación, en concordancia con el plazo de valía de las declaraciones realizadas a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (Simi).